Impuesto Patrimonio Inmobiliario y Transferencia.

Impuesto Patrimonio Inmobiliario y Transferencia. Al lujo y costo de transferir a tu nombre. Del valor que se refleja en el documento llamado Certificación de Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria (IPI), se desprende el...

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Impuesto Patrimonio Inmobiliario y Transferencia.

Impuesto Patrimonio Inmobiliario y Transferencia. Al lujo y costo de transferir a tu nombre.

Del valor que se refleja en el documento llamado Certificación de Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria (IPI), se desprende el monto base o de referencia para calcular el Impuesto Patrimonio Inmobiliario y Transferencia, es decir:

  1. Suntuario, al lujo.
  2. Costo de la transferencia inmobiliaria.

Certificación de Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI), antes llamada IVSS, es documento emitido por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en el que se confirma el precio o valor asignado por el Estado Dominicano un inmueble registrado.

Cálculo del Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (Suntuario):

¿Quiénes están sujetos al pago de este impuesto? Las personas físicas y El Fideicomiso.

¿Cuáles inmuebles deben pagar el impuesto? Si un inmueble o la sumatoria de todos los valores asignados por el Estado de cada uno, propiedad de una persona física o fideicomiso excede los RD$8,138,353.26 pagará el equivalente al 1 % anual sobre la suma excedente.

Cómo ahorrar el pago de Impuesto de transferencia e IPI

Ahorrar en el pago de los impuestos es posible al invertir en proyectos de apartamentos en Punta Cana, Bávaro y Cap Cana desarrollados bajo la ley de Confotur que exonera a los adquirientes de villas o apartamentos del pago de dichos impuestos por 15 años.

Apartamentos cerca de la playa en Punta Cana libre de impuestos por 15 años:

¿Cuándo se paga el IPI?  2 veces al año, cada 6 meses, la primera cuota como fecha límite el 11 de Marzo, la segunda el 11 de Septiembre.

Ejemplo: Valor solar en IPI = RD$11,000,000.00, Valor exento IPI = RD$8,138,353.26

Diferencia para cálculo  = RD$2,861646.74 x 1 % de impuesto a pagar = RD$28,616.47 al año. (En dos partidas, a más tardar 11 de Marzo y 11 de Septiembre)

Importante: Si un propietario tiene varios inmuebles, debe estar al día en pago del impuesto de todos, para que la DGII le emita cualquier certificación, es decir, que si usted está vendiendo el inmueble X, que está al día en el pago del impuesto, pero tiene un inmueble Y, que no está al día, la DGII no le emitirá la certificación de IPI al inmueble X, hasta tanto se ponga al día en el pago del impuesto del inmueble.

Cálculo del Impuesto de Transferencia Inmobiliaria:

Cuando un inmueble es vendido, el comprador debe pagar el impuesto de transferencia para traspasarlo a su nombre.

El impuesto de transferencia se calcula, tomando el monto más alto del valor del IPI o del contrato definitivo de venta.

Ejemplo: Precio de venta del inmueble  = RD$10,000,000.00, valor inmueble según IPI = RD$10,000,000.00 x 3 % tasa del impuesto por la transferencia = RD$300,000.00

Exenciones (Fuente)

  • Se encuentran exentos del pago de este impuesto:
  • La vivienda y el solar sobre el cual se encuentra perteneciente a personas mayores de 65 años, siempre y que este constituya el único patrimonio inmobiliario de su propietario.
  • Personas pensionistas y rentistas de fuente extranjera en un 50%.
  • Los terrenos rurales.
  • Inmuebles de uso agropecuario ubicados sobre terrenos rurales.
  • Los inmuebles que aún pudiendo ser alcanzado por el impuesto, su valor en conjunto sea igual o inferior a RD$6,858,885.00.

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Regis Jimenez InvierteRD Realtors en Remax Inmobiliaria

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