Cláusula de no cambios dentro del inmueble.

Cláusula de no cambios en el inmueble, aunque Sí, se permitan en la practica. Cláusula de no cambios son incluidas en los contratos de opción a compra por los constructores de apartamentos en proyectos, aunque estos...

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Cláusula de no cambios dentro del inmueble.

Cláusula de no cambios en el inmueble, aunque Sí, se permitan en la practica.

Cláusula de no cambios son incluidas en los contratos de opción a compra por los constructores de apartamentos en proyectos, aunque estos facilitan y están abiertos, en mayor o menor medida, a permitir cambios en los inmuebles que venden, contribuyendo a que los compradores e inversionistas adecuen su unidad de acuerdo a gusto.

Cualquier o modificación (cuidado con los trajes a la medida) dentro de un apartamento debe ser llevado a cabo siguiendo una serie de pasos que permita a la constructora cumplir con el cronograma de la ejecución de la obra, ajustados al tiempo establecido para cada proceso dentro de la construcción general, sin interrumpir el de desarrollo y ejecución de la obra principal que es el interés de todos los inversionistas.

Ningún cambio particular esta por encima del desarrollo de la obra:

Es por eso que dentro del acuerdo de opción a compra y venta, los constructores en incluyan un artículo, una cláusula, donde indiquen que no permiten realizar cambios en la unidad, hasta tanto sea entregado el inmueble al comprador, aunque sí, en la práctica son y sean permitidas las modificaciones. La cláusula es la siguiente, cito:

«EL VENDEDOR es el único responsable de la correcta y adecuada terminación del RESIDENCIAL, por lo tanto no permitirá que EL COMPRADOR realice ningún tipo de cambio en el interior del apartamento antes de la entrega, ni en la fachada o en su área común, tal como la instalación de toldos, rejas, verjas, u otros cambios que puedan interferir con la uniformidad de la fachada, sin que estos sean previamente aprobados por los demás propietarios constituidos en la Asociación del Condominio».
 
Por qué se debe incluir esta cláusula de no cambios,  si los cambios son permitidos?

En ocasiones clientes para hacer los cambios, contratan decoradores, empleados y técnicos especializados que no cumplen con el cronograma, con los que no es posible ponerse de acuerdo para que cumplan con lo establecido, entonces, si la cláusula no está en el acuerdo de opción a compra y venta, la constructora se vería obligada a permitir que ellos terminen a su ritmo, retrasando toda la obra hasta tanto el cliente o los clientes terminen sus trabajos internos. No obstante la clausula, si se coordina y se cumple con el cronograma, siempre se permitirán los cambios.

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