Índice de Costo de la Construcción

Cláusula de Reajuste de Precio usando el Índice de Costo de la Construcción de Vivienda (IDCV) Santo Domingo, D.N.- Las constructoras en la República Dominicana basadas en el índice de costo de la construcción de...

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Índice de Costo de la Construcción

Cláusula de Reajuste de Precio usando el Índice de Costo de la Construcción de Vivienda (IDCV)

Santo Domingo, D.N.- Las constructoras en la República Dominicana basadas en el índice de costo de la construcción de viviendas ver aquí IDCV dejan abierta la posibilidad de modificar el precio de venta de un inmueble (cláusula de aumento) en sus contratos de opción a compra.

No ocurre con regularidad, ahora biensiempre que el presupuesto de la obra se vea incrementado en un porcentaje equis (x) impactando y afectando el considerablemente el margen de rentabilidad y/o el beneficio económico del negocio, una constructora podría aumentar el precio de venta final.

Por la razón antes citada, es cada día más común el uso un indicador, el Índice de Costo Directo de la Construcción de Vivienda (ICDV), en los contratos de opción de compra y venta de apartamentos en construcción.  

Base para ponderar un posible aumento en el precio de venta

Esta práctica genera transparencia en el cálculo de un eventual aumento del precio al tomar como base el presupuesto inicial de la obra y aplicándole para el cálculo, el ICDV vigente en el momento que la obra es concluida.

La Cláusula de Reajuste de precio, dice así:

«Las partes» acuerdan que se usarán 2 índices de costos, 1) El Índice de Costo de la Construcción de Vivienda (ACOPROVI), el correspondiente a la construcción de vivienda Multifamiliar de Ocho (8) niveles o más en lo adelante ICDV, y, 2)El ICDV, publicado en el momento que se realizó el presupuesto del proyecto que en lo adelante se denominará Índice de Costo del Presupuesto. El Comprador, reconoce y acepta, que el precio para la presente venta, ha sido fijado en función al Índice  de Costo del Presupuesto, el cual, es _______ ( una cantidad equis), por lo que, de producirse alzas en el ICDV, mayor equis (xx) por ciento (xx%), del valor del Índice de Costo del Presupuesto, se producirá un ajuste en la sumas no pagadas en el presente acuerdo.»

Cálculo del reajuste de precio usando Índices de Costo de la construcción:

El reajuste de determina por el resultado de dividir la cantidad del pago pendiente, entre el Índice de Costo del Presupuesto, y este resultado multiplicarlo por el ICDV del mes anterior a la fecha de notificación de que la obra esta lista.

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