Contrato de alquiler con renovación automática, la continuidad de la renta.
Contrato de alquiler con renovación automática, cláusula:
La generalidad de los contratos de alquiler de inmuebles, incluyen una cláusula de renovación automática, también llamada de tácita reconducción, con la que se busca que el contrato bajo las mismas clausulas y condiciones, se mantenga vigente en el tiempo sin necesidad de renovarlo, hacer un nuevo acuerdo e incurrir en nuevos gastos de legalización.
- «El presente alquiler es consentido y pactado entre las partes por una duración de UN (01) año a partir del día VEINTICUATRO (24) de NOVIEMBRE del Dos Mil XXXX (20xx), hasta el día VEINTICUATRO (24) de NOVIEMBRE del año Dos Mil XXXX (20xx). PÁRRAFO I: Las partes convienen que, en caso de que una de las partes quiera terminar el contrato deberá notificar por escrito a la otra, con por lo menos Sesenta (60) días de antelación a la fecha de expiración del término, su deseo de que el acuerdo concluya el periodo vigente en ese momento. En caso de que, ninguna de las partes notifique a la otra su deseo de que concluya, el presente contrato se renovará por igual período de Doce (12) meses, bajo las mismas cláusulas y condiciones, exceptuando que se producirá, por acuerdo entre las partes, un incremento de un Diez por ciento (10%) del precio de alquiler establecido, por cada renovación».
El contrato de alquiler se podrá prorrogar por un periodo similar, tantas veces como las partes quieran mantener el acuerdo invariable, sin necesidad de tener que discutir nuevas condiciones, firmar un nuevo documento, ni pagar nuevos depósitos, entonces es lo que se conoce como una tácita reconducción o una renovación automática.