Regulaciones sísmicas para construcciones: ¿Existen, está Rep. Dom. preparada, cumple con normas internacionales?
La proliferación de las torres de apartamentos y empresariales en la República Dominicana, específicamente en las ciudades de Santo Domingo y Santiago, ha traído consigo una interrogante válida, relativa a la seguridad y regulaciones sísmicas para construcciones.
Preguntas llegan a la mente de los ciudadanos, como las siguientes:
- ¿Existe en la República Dominicana regulaciones sísmicas para construcciones ?
- ¿Se cumplen con la implementación, regulaciones y controles establecidos ?
El Estado debe velar por la seguridad ciudadana más allá de la construcción de torres de apartamentos, el tema que nos atañe en este blog, también, es responsable por la seguridad en la construcción de presas, puentes, túneles, hospitales, infraestructura vial de comunicación, escuelas, etc. Es por esta razón, que en nuestro país existe el Reglamento para el Análisis y Diseño Sísmico de Estructuras, R-001, Decreto 201-11, realizado por la Dirección General de Reglamentos y Sistemas (DGRS) del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC)
Este reglamento en su capítulo I, establece lo siguiente, cito:
«OBJETIVO. El presente reglamento establece los requisitos mínimos que se deberán cumplir en el análisis y diseño sísmico de todas las estructuras que se erijan en el territorio nacional, para resistir los efectos de movimientos sísmicos, de forma que su estructura se mantenga estable, garantizando principalmente la seguridad humana».
Regulaciones sísmicas para construcciones. Cumplimiento:
El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones tiene un departamento de Reglamentación de la Ingeniería, la Arquitectura y Ramas afines para velar y garantizar la seguridad de las estructuras, la habitabilidad y las normas relativas a las obras de transporte y edificios.
Estas políticas procuran mantener actualizadas las normas acordes con los avances tecnológicos de las disciplinas de Ingeniería, Arquitectura y afines. Por esta razón, crearon organismos de control:
- La Comisión Nacional de Reglamentos Técnicos de la Ingeniería, la Arquitectura y Ramas Afines.
- La Dirección General de Reglamentos y Sistemas, organismo encargado de la elaboración, coordinación y del control de la aplicación de los reglamentos técnicos.
El Reglamento fue preparado, revisado y sometido a vistas públicas. Participaron instituciones y profesionales competentes, con alto grado y nivel académico, cito algunas:
- La Sociedad Dominicana de Sismología e Ingeniería Sísmica (SODOSISMICA)
- Comité interno de MOPC.
- Expertos internacionales y Dominicanos con PhD.
- BNV.
- CODIA.
- Instituto Sismológico.
Los proyectos inmobiliarios, por requerimiento en el Reglamento para el Análisis y Diseño Sísmico de Estructuras, para ser aprobados, deben cumplir con las especificaciones de control anti-sísmico para recibir la aprobación y permisos de MOPC, con el cual, pueden iniciar a construir, prueba en contrario, se negará la aprobación.
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